Tras la entrada en vigencia de la modificación del decreto 613 del Ministerio de salud, los inversionistas interesados en el uso del Cannabis de forma medicinal, podrán instalarse en diversas zonas francas del país que ya cuentan con la autorización de ingreso de la flor de cannabis.
La movida del Cannabis en Colombia
Al aprobarse la Ley 1787 en 2016 y el Decreto 613 en 2017 (regulación del consumo y producción de cannabis medicinal en el país), compañías internacionales como Khiron, llevaron su atención al mercado colombiano.
En un artículo publicado en Portafolio.co, Edgar Orlando Martínez, director ejecutivo de la Cámara de Zonas Francas de la Andi, indicó que el cambio en el decreto no solo permitirá la llegada de nuevos inversionistas sino que incentivará la llegada de nueva tecnología para el sector en el país.
Tras esta noticia, surgieron más de 20 empresas interesadas en la elaboración de hojas de ruta para actividades científicas, legales, tecnológicas y hasta de distribución de productos medicinales a base de cannabis.
Entre ellas, se encuentra Khiron, una empresa con operación en Bogotá que tiene presencia en seis países (Colombia, Perú, Germany, UK, Brasil), y ha realizado, desde el 2020, más de 30.000 prescripciones de uso médico del Cannabis en América Latina.
Actualmente, esta compañía tiene entre sus planes 2021, conquistar México y, en un periodo de cuatro años, espera alcanzar un mercado superior al millón de pacientes y generar ganancias mayores a los USD 600 millones.
Las zonas francas, el lugar para los negocios
Debido a la falta de claridad en el decreto, se habían frenado este tipo de iniciativas que beneficiarían no solo a las grandes empresas de la industria del cannabis medicinal, sino también a las zonas francas que permitirían la operación de estas compañías.
Martínez señala que ya existen empresarios que están interesados en instalarse en zonas estratégicas como el Valle del Cauca, Cundinamarca, Eje Cafetero y los Santanderes. “Hay cerca de 12 zonas francas que han manifestado que tienen solicitudes para el ingreso de este tipo de proyectos, y su instalación va a generar empleo tanto dentro como fuera de las Zonas Francas”, comentó.
Carolina Álvarez, Directora Comercial y Mercadeo de la Zona Franca del Pacífico, asegura que la aprobación de este decreto es un paso muy importante no solo para el parque industrial, sino para el resto de las Zonas Francas del país. “Es el resultado que estábamos esperando tras los esfuerzos permanentes realizados a través de la Cámara de Zonas Francas de la ANDI, MINCIT entre otros. En esencia, al activar la posibilidad de ingresar la flor seca y procesarla dentro de la Zona Franca se abre el espectro no solo a ampliar una industria sino todas la bondades que se traducen para la región y el país como polo de desarrollo económico; generación de empleo, incremento de importaciones y exportaciones, desarrollo de tecnología e innovación por destacar algunos”
Por otro lado, Álvarez resalta que hasta el momento ya son cinco las empresas interesadas en ubicar sus operaciones en la Zona Franca. Entre ellas, se destaca la participación de empresas que desean procesar la flor, hasta empresas que se dedican a la fabricación de productos para el mercado nacional e internacional en categorías tales como: cuidado personal, cremas, shampoo, mascarillas, entre otros.
Condiciones y beneficios para establecer operaciones en las zonas francas
Es importante tener en cuenta que las empresas que tienen operación en las zonas francas pueden ingresar bienes de capital con cero aranceles y cero IVA.
Adicionalmente, todos los ingresos obtenidos dentro del parque industrial, por actividades de venta de estos bienes, pagan una tarifa de renta del 20%, un excelente beneficio, teniendo en cuenta que en el resto del país esta tarifa es del 35%.
De acuerdo con el informe publicado por la Cámara de Usuarios de las Zonas Francas de la Andi, las empresas que quieran acceder a las zonas francas para establecer su operación, deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
- El usuario industrial deberá inscribirse en el Fondo Nacional de Estupefacientes
- Deberá contar con el acta de visita del Fondo Nacional de Estupefacientes o quien haga sus veces, con fecha no mayor a un año y concepto favorable.
- Para el ingreso de cannabis, el licenciatario de fabricación de derivados (usuario industrial) de cannabis no necesitará ampliar su respectiva inscripción ante el FNE, ni visita; toda vez que les serán aplicables las normas especiales de la materia.
- Deberá contar con el correspondiente cupo de importación o previsión, y tratándose de cannabis psicoactivo, el usuario industrial deberá contar con el correspondiente cupo de fabricación de derivados de cannabis.
- La única aduana de entrada será la de Bogotá.
- La inspección de la mercancía la realizará el Fondo Nacional de Estupefacientes en el lugar de arribo, cuando la ZF a que está destinada la mercancía, esté ubicada en un departamento diferente a Cundinamarca. Para dicho trámite será aplicable la licencia de importación VUCE, el documento de aprobación de ingreso de sustancias o productos a ZF o el medio que se disponga para dicho efecto.
- El acta de inspección que se genere con concepto favorable, será requisito indispensable para que el usuario pueda realizar las actividades que le fueron autorizadas.
Así las cosas, estaríamos ante un panorama de repunte al alza en la economía en diferentes regiones de Colombia, ya que al entrar en rigor esta modificación, las empresas interesadas en el cannabis con uso medicinal, dispondrán vacantes de empleo para aumentar su producción y contar con respaldo de un equipo humano que fortalecerá la cadena productiva de Comercio Exterior en el país.